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viernes, 18 de septiembre de 2015

Panamá: paraíso fiscal.




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Por qué Panamá sigue siendo un paraíso para el lavado de dinero.





Jonathan Lawrence

Panamá ha tomado algunas medidas importantes para ser eliminado de la "lista gris" de países que no están haciendo lo suficiente para combatir el lavado de dinero, pero estos esfuerzos siguen siendo insuficientes.
 La lista gris es administrada por el Departamento de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (FATF por sus iniciales en inglés), un organismo intergubernamental que promueve políticas contra el lavado de dinero. Panamá ha estado en la lista desde junio de 2014, junto a otros países como Afganistán, Sudán y Siria.

Panamá elaboró un plan de acción con el FATF con el fin de ser eliminado de la lista, lo cual incluyó una propuesta legislativa orientada a fortalecer la supervisión gubernamental sobre el sector financiero. Sin embargo, las conversaciones entre el FATF y Panamá han tenido inconvenientes recientemente.

Uno de los principales escollos de estas negociaciones ha sido la limitada regulación de Panamá a las acciones al portador: valores de renta variable que son propiedad exclusiva de quien los posee físicamente. Las acciones al portador son altamente vulnerables al lavado de dinero, dado que quienes las emiten no llevan un registro de los compradores, y venderlos es tan sencillo como entregar un pedazo de papel a otra persona.

Nadie lleva registros de este proceso de compra y venta, lo cual hace muy difícil determinar quién es el dueño de las acciones. Antes de que el Congreso aprobara las reformas a principios de este año, la ley panameña lo había hecho aún más difícil, dado que al propietario original de las acciones al portador no se le exigía bajo ninguna circunstancia entregarla a una entidad autorizada, como un banco o un abogado.


“Sólo un hábil manejo por parte del gobierno de Panamá permitirá surcar de manera segura por las traicioneras aguas de las finanzas internacionales y el comercio, sin que naufraguen sus propios intereses económicos"

Otro obstáculo para la eliminación de Panamá de la lista gris del FATF es la facilidad con la que se pueden formar empresas. Dos o más adultos de cualquier nacionalidad, incluso si no residen físicamente en Panamá, pueden crear una empresa en el país, según la Ley 32 (pdf) del ordenamiento jurídico panameño. Éstos pueden optar por registrar la empresa bien sea como una persona natural —que significa que la empresa es esencialmente una persona, registrada con su documento de identidad—, o bien como una persona jurídica —una corporación que se identifica mediante su Registro Único de Contribuyente (RUC)—.

Sin embargo, las corporaciones panameñas suelen optar por registrarse como sociedades anónimas, o corporaciones de acciones al portador. Esto protege la confidencialidad de los activos de la empresa, la identidad de su propietario o propietarios, y todos los negocios y las operaciones bancarias, de acuerdo con la Ley 32.

Aunque los fundadores de una sociedad anónima están obligados a firmar documentos que los identifiquen como tales ante un notario panameño, las oficinas de abogados del país ofrecen un tecnicismo conveniente. La sociedad anónima puede contratar abogados para que firmen por ellos la documentación requerida ante un notario. Como parte del acuerdo, los abogados conservan la capacidad de renunciar a sus obligaciones con la empresa si sus clientes no están en Panamá. Todo esto permite ocultar aún más las identidades de los propietarios de la empresa.

Existen otras normas en Panamá que pueden atraer a quienes buscan establecer empresas fachada. Las empresas que operan fuera de Panamá no necesitan obtener licencia para sus operaciones de comercio exterior. Y el proceso de registrar una empresa en Panamá tampoco es costoso: según el sitio web eRegulations del Ministerio de Comercio e Industria, el costo promedio de un proceso de matrícula es poco menos de US$1.000.

Las sociedades anónimas les proporcionan a las corporaciones otros beneficios adicionales, los cuales pueden ser explotados fácilmente para fines de lavado de dinero. Entre éstos se encuentran:

1) Mínimos requisitos de información. Las corporaciones no necesitan presentar declaraciones de impuestos ni requieren auditorías para sus cuentas.

2) Atractivas exenciones de impuestos. El gobierno panameño no les exige a las empresas pagar impuestos sobre transacciones internacionales; las corporaciones tampoco deben pagar impuestos sobre el capital, sobre los ingresos ni sobre las ventas, entre otros impuestos. Las empresas sólo le tienen que pagar al gobierno un impuesto de licencia anual de unos US$300, que les permite continuar sus operaciones.

3) Confidencialidad. Como su nombre lo indica, las sociedades anónimas le ofrecen a la corporación y a sus beneficiarios confidencialidad total (ni siquiera necesitan tener una dirección física en Panamá). Esta confidencialidad también se debe a que los nombres y los datos personales de los beneficiarios no se consignan en el Registro Público de Panamá, y la documentación que se encuentra en el Registro Público no necesita ser modificada cuando se hace algún cambio en la titularidad.

Como resultado, sólo los directores de la sociedad anónima conocen la identidad de los propietarios, dado que son ellos quienes mantienen los registros de la sociedad anónima y distribuyen los certificados de acciones. Sin embargo, bajo la ley corporativa panameña, las corporaciones no necesitan mantener registros de las transacciones. Y aún si existen registros, las corporaciones no están obligadas a revelarlas a los gobiernos extranjeros y pueden guardar los registros fuera de Panamá.

Lavado de dinero, ganancias económicas y el sector marítimo de Panamá

Otro punto de fricción entre el FATF y Panamá son las laxas regulaciones sobre la industria naviera. Si bien el proceso de registro de navíos en Panamá ha contribuido a crear la flota de transporte comercial más grande del mundo, también ha hecho que la industria naviera sea muy propicia para el lavado de dinero y la evasión de impuestos. En Panamá el registro de navíos es abierto, lo que significa que cualquier país del mundo puede registrar un barco con bandera panameña. Según un informe de las Naciones Unidas en 2014 (pdf), aproximadamente el 21 por ciento de todos los buques comerciales registrados en Panamá son extranjeros.

La Autoridad Marítima de Panamá ofrece además otros incentivos para que los buques se vinculen al registro naviero panameño. Ello incluye acceso completo al sistema de sociedades anónimas, ningún requerimiento de tonelaje mínimo, y laxas regulaciones para los buques que tengan más de 20 años, los cuales sólo necesitan pasar una inspección antes de entrar en operación. Además, los dueños de los buques que cambien su bandera por la bandera panameña no necesitan que sus naves vuelvan a ser inspeccionadas si tienen certificados de arqueo y seguridad válidos al momento de registrarse.

“Si bien el proceso de registro de navíos en Panamá ha contribuido a crear la flota de transporte comercial más grande del mundo, también ha hecho que la industria naviera sea muy propicia para el lavado de dinero y la evasión de impuestos"

Existen otra serie de beneficios (como el hecho de que el proceso de registrar un buque en Panamá pueda realizarse en un solo día) pero uno destaca sobre el resto: las navieras extranjeras no necesitan pagarle impuestos al gobierno panameño.

Estas ventajas le han permitido a Panamá amasar unos US$150 millones anuales en registros navieros y tasas de renovación. Si a esto se agregan los beneficios para las empresas y los ingresos indirectos, los ingresos totales llegan a unos US$300 millones anuales.

Sin embargo, los laxos procedimientos de registro naviero en Panamá también han generado el rechazo internacional del país, por ignorar su responsabilidad en investigar las denuncias de corrupción, con el fin de registrar más naves. Panamá también ha sido clasificado burlonamente como un país con "bandera de conveniencia" —un dudoso honor que comparte con países como Corea del Norte, Myanmar y Liberia.

Lo más preocupante es que el actual sistema de registro de Panamá les permite a los dueños de los buques operar bajo un velo de anonimato, ya que es prácticamente imposible determinar cuál es el verdadero propietario o propietarios de una nave, lo cual les permite participar en actos ilícitos con casi total impunidad. Además, debido a la magnitud de su flota y a que su es registro abierto, Panamá se ha vuelto presa de lo que la organización Global Financial Integrity denomina "Flujos Financieros Ilícitos" (IFFs por sus iniciales en inglés), mediante los cuales los importadores y exportadores manipulan las facturas comerciales para evitar pagar gastos de aduana, impuestos al valor agregado (IVA) o impuestos sobre la renta por sus bienes. Entre 2003 y 2012 (el año más reciente en el que se cuenta con datos), la subfacturación de las exportaciones e importaciones ascendió a unos US$383 millones en pérdidas de ingresos para Panamá.

¿Qué sigue ahora en Panamá?

Indiscutiblemente, Panamá ha hecho algunos avances significativos en su empeño por salir de la lista gris del FATF para el año 2016. En mayo de 2015, el Congreso de Panamá implementó una ley para cumplir con las normas del FATF. Conocida como Ley 47, ésta refuerza la supervisión sobre los accionistas actuales y futuros, exigiéndoles entregar sus acciones para su custodia a una entidad autorizada, como un banco regulado, un administrador, una empresa corredora de valores o abogados autorizados.

La ley también establece regulaciones más estrictas para los accionistas extranjeros. Éstos deben usar bancos extranjeros u otros intermediarios financieros que estén autorizados o que operen en países miembros del FATF, o bien que estén registrados en la Superintendencia de Bancos de Panamá. Ello esencialmente inmoviliza las acciones al portador, al prevenir que las acciones se movilicen libremente.

El Congreso de Panamá aprobó además la Ley 23 de abril de 2015, que incluye otras medidas dirigidas a combatir el lavado de dinero y la posible financiación del terrorismo. Esta extensa legislación también busca mejorar la coordinación entre el sector financiero y el de seguridad, con el fin de facilitar el intercambio de información.

La ley también establece supervisión sobre empresas no financieras de los sectores de bienes raíces, la industria del juego, las transferencias de dinero (remesas) y la construcción, así como la Zona Franca de Barú, la Zona Libre de Colón, Panamá Pacífico y otras zonas de libre comercio que participan en el comercio exterior.

Además, Panamá conformó una Unidad Estratégica contra el Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo, que estará vinculada al Ministerio de Economía y Finanzas. El país desarrolló además un plan de análisis del riesgo que puso de relieve varios temas que necesitan ser evaluados sistemáticamente, como el sector bancario, las aseguradoras y la Zona Libre de Colón, entre otras áreas.

Sin embargo, aunque el FATF ha reconocido los avances de Panamá en la lucha contra el lavado de dinero, la agencia intergubernamental dice que todavía se deben hacer muchas mejoras. En un comunicado de junio de 2015, el FATF identificó siete deficiencias que Panamá aún debe abordar, muchas de las cuales tienen que ver con el marco legal para enfrentar el lavado de dinero. El FATF también señaló que de las 40 recomendaciones que la organización hizo en 2012, Panamá sólo ha cumplido con una de ellas.

Ha habido otros signos preocupantes de que para Panamá no será tan fácil deshacerse de su fama como centro de lavado de dinero. Las autoridades recientemente le adjudicaron lucrativos contratos al Grupo Odebrecht, un conglomerado brasileño plagado de escándalos, cuyo gerente general está actualmente en prisión por cargos de lavado de dinero. Uno de los más influyentes miembros del gabinete del presidente Juan Carlos Varela dirige una firma de abogados, Mossack Fonseca, que al parecer es uno de los más prolíficos creadores de empresas fachada en el mundo. La firma también ha tenido supuestos vínculos con socios de Muammar Gaddafi, Robert Mugabe y Bashar al-Assad (el exlíder de Libia, el presidente de Zimbabue y el presidente de Siria, respectivamente) así como con el reciente escándalo de la FIFA. Por otra parte, varios promotores inmobiliarios —a quienes un cable filtrado de la Embajada de Estados Unidos vincula al lavado de dinero y otras actividades ilícitas— continúan operando en el país.

Finalmente, Panamá determinará si sale de la lista gris o no, y sólo un hábil manejo por parte de su gobierno permitirá surcar de manera segura por las traicioneras aguas de las finanzas internacionales y el comercio sin que naufraguen sus propios intereses económicos.

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