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jueves, 30 de noviembre de 2017

REFLEXIONES SOBRE EL “SISTEMA DE SEGURIDAD NACIONAL”












­- LA ORGANIZACIÓN EN SU NIVEL SUPERIOR -

Por el Grl Div (R) Carlos Enrique Laidlaw

                                                             "Los hombres toman grandes decisiones
                                                             tan solo cuando se enfrentan con la crisis"
                                                                                                   JEAN MONNET (1888/1979)

INTRODUCCIÓN

El grave estado de indefensión de la República Argentina en materia de Seguridad Nacional, tiene las características de una profunda crisis, en un contexto económico desfavorable, una situación compartida por profesionales y estudiosos de dicho campo de acción, aspectos a los cuales les he dedicado un artículo preliminar [1], que obliga a su reflexión, frente a la realidad actual y potencial.

En primer lugar debe señalarse las falencias en dichas materias, en cuanto interesa a este trabajo, que no cumplen dos “objetos” importantes del Preámbulo de la Constitución Nacional (C.N.), según el término utilizado en el mismo, pero que constituyen verdaderos “Fines Nacionales Constituyentes” (FNC) [2], sobre la base de la cual juran desde el Primer Mandatario hasta el último funcionario que asume responsabilidades en el Estado.


Ellos son: 1) “Consolidar la paz interior” y 2) “Proveer a la defensa común” ambos relacionados con las amenazas a la Seguridad Nacional.

El primer “objeto” (FNC), se encuadra dentro de la clasificación de las amenazas establecidas en el primer artículo mencionado como: a) Las amenazas internas constitucionales (Situación de conmoción interior); b) Las amenazas transnacionales (El narcotráfico y otros delitos semejantes) y c) Las amenazas a la seguridad pública (Mantenimiento de la ley y el orden)

El segundo “objeto” (FNC), se refiere: a) Las amenazas externas o internas a la soberanía nacional (terrestre, marítima o aérea); b) Las amenazas internas constitucionales (Situación de Conmoción Interior) y, eventualmente, c) las amenazas transnacionales (Narcotráfico y aquellos otros que lo justifiquen)

La alteración de la vigencia de las amenazas a dichos “objetos” (FNC)  contribuyen a malograr la consecución los “objetos” siguientes finales mencionados en el Preámbulo: Promover el bienestar general” y “Asegurar los beneficios de la libertad”, poniendo en riesgo el Bien Común, la situación económica–social, la autonomía  y la soberanía de la República, como consecuencia de la manifiesta situación de indefensión, que presenta  la actualidad, en función de la comisión de numerosos y variados tipos de amenazas (delitos violentos), que se han convertido en Conflictos, tal como se conocen los diferentes hechos en forma diaria a través de los medios de comunicación y señalan con claridad meridiana la incapacidad del Estado, debido a la impunidad reinante y la progresiva dificultad de la autoridades nacionales y provinciales para ejercer el monopolio de la violencia y garantizar la Seguridad Nacional. [3]

La República Argentina, en consecuencia, requiere crear un Organismo, del cual carece, ubicado en el nivel superior de la Administración Pública Nacional, dependiendo del Presidente de la Nación, destinado a establecer la Política de Seguridad Nacional, como Política de Estado, previa especificación de los Intereses Nacionales y otras razones, así como la Estrategia de Seguridad Nacional a cuyo fin es necesario pensar y establecer un organismo responsable del Sistema de Seguridad Nacional, a fin de atender los conflictos actuales y las amenazas potenciales.

A tales objetivos, además de organizarlo, es necesario planear, dirigir, coordinar y controlar las contramedidas adecuadas, en función del cuadro de situación que determine la Inteligencia Nacional, en todos los campos, para conocer la problemática del SSN, y actuar con todos los medios de acción disponibles de acuerdo con sus capacidades específicas y los recursos financieros adecuados, para aplicar la fuerza estrictamente necesaria y suficiente, a fin de enfrentarlas con eficiencia, eficacia y voluntad política de acuerdo con la legislación a establecer, para actuar de acuerdo al Derecho. con la colaboración de una Justicia, con procedimientos modernos, y de un Servicio Penitenciario Nacional eficiente,

De allí que “el Planeamiento Nacional constituye un elemento moderno al servicio de esa esperanza y de  esa fe, que constituye un esfuerzo intelectual y volitivo para modificar estructuras nacionales e imprimir al cambio, el ritmo y la dirección convenientes”. (Goyret)
La situación actual puede denominarse, adaptándose a la teoría expresada en [4]: “Conflicto Molecular Nacional” dado que, las características de las amenazas señaladas teóricamente en los trabajos anteriores, con su concepto de la intención de causar un daño, se han convertido en la actualidad, en verdaderos conflictos que producen daños materiales y espirituales, a las personas y a las Instituciones actuales

Estos producen una confrontación en la cual deberían emprenderse acciones adecuadas y simultáneas, contra los delincuentes que afectan al cuerpo social de la República, porque se trata de pequeñas y diferentes acciones (moleculares) en múltiples lugares y simultáneas en su desarrollo dentro del territorio nacional, que generan graves problemas por la proliferación de personas profesionales de la delincuencia, a veces integradas por ex policías corruptos, bandas, organizaciones de diferente naturaleza o características idelógicas, que emplean diferentes medios para cometer los delitos, las cuales producen consecuencias graves y constituyen desafíos para los ciudadanos, la sociedad, la autonomía y la soberanía del Estado,

En síntesis, es imprescindible considerar los  aspectos legales y orgánica de la realidad conflictiva nacional que la conmueve, a fin de enfrentar la situación en la cual los intereses del Estado [5] se hallen a cubierto de las  mismas, según la legislación pertinente a determinar,  con los medios adecuados y específicos para cumplir los FFCCNN, señalados en el Preámbulo de la Constitución Nacional, que deben encuadrarse dentro de un Sistema de Seguridad Nacional (SSN), para realizar una acción preventiva y ejecutiva que satisfaga las necesidades de la Seguridad Nacional (SN), en el contexto mencionado, “que obren y materialicen su efecto y estén preparados o listos para ser utilizado o entrar en acción” (RAE 1. y 2.


"Camina despacio para alcanzar tus ideales,  pero nunca dejes de caminar".
“La acción actuada sobre el conocimiento y el movimiento sobre la realidad”.


 Dr. Alfonso Santiago
DESARROLLO

A. LA SITUACIÓN “CONFLICTIVA MOLECULAR NACIONAL”

1. LA SITUACIÓN CONFLICTIVA DE NATURALEZA LEGAL

a. LA SITUACIÓN LEGAL ACTUAL

En la actualidad, de acuerdo con las leyes vigentes existen tres Sistemas independientes en el campo de la SN, totalmente desintegrados por razones de una política interna, basados en anteriores golpes de Estado, a los que se quiso poner fin, de manera irracional, a costa de un SSN.

Así, de la legislación vigente, se puede distinguir la existencia tres sistemas independientes, en su contenido, en sus relaciones sistémicas y en sus dependencias:  

1) Un Sistema de Inteligencia Nacional basado en la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) dependiendo de Presidente de la Nación (Ley Nº 27.126, Artículo 5º, que modifica mal la Ley de Inteligencia Nº 25.520)
2)  Un Sistema de Defensa Nacional (Ley Nº 23.554) y reglamentación, en el ámbito del Ministerio de Defensa.
3) Un Sistema de Seguridad Interior (Ley Nº 24.059) y reglamentación, en el ámbito del Ministerio de Seguridad.

Las dos últimas dependen, por encuadrarse en los Ministerios respectivos, según la C.N. del Jefe de Gabinete, (Artículo 100) aun cuando las FF.AA, que se encuentran subordinadas al Ministerio de Defensa, dependen constitucionalmente del Presidente de la Nación, en su carácter de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas (Artículo 99, inciso 12 de la C.N.), complicando aún mas el panorama legal.

En este fárrago de sistemas independientes bajo la conducción / dirección de diferentes autoridades es sumamente difícil enfrentar con unidad de comando, las numerosas formas en las cuales se manifiestan, simultáneamente, los conflictos actuales, de manera eficiente y eficaz, en el contexto de un SSN inexistente-

b. EL SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL (SIN)

El SIN esta contemplado en varios documentos: 1) La Ley de Inteligencia Nacional Nº 25.520 (03/12/2001); 2) La reglamentación de la la Ley de Inteligencia Nacional Nº 25.520; 3) La Ley Nº 27.126 (creación de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) que modifica parcialmente la anterior (03/03/2015); 4) El Decreto 1311/2015 (Nueva Doctrina de Inteligencia Nacional); 5) Anexos del Decreto 1311/2015 y 6) el Decreto 2415/2015 (Modificación del Decreto 1311/2015)

La creación de la Agencia Federal de Inteligencia, mediante la Ley Nº 27.126, publicada en el B.O. del 05/03/2015 (Año CXXIII, Nº 33.083), es un hecho de raíces políticas partidarias y merece las siguientes observaciones fundamentales en su sanción y promulgación: 1) Carece de los CONSIDERANDOS previos al desarrollo del texto que contiene todos los artículos de la ley, para conocer las razones de su creación y los fundamentos del articulado (Ver INFOLEG); 2) Contiene rectificaciones parciales a la anterior Ley de Inteligencia Nº 25.520, dado que se limita a modificar diferentes artículos de la mencionada Ley de manera muy confusas, por la ausencia de la publicación de un texto ordenado de la nueva ley creando la AFI en lugar de la Secretaría de Estado de Inteligencia, que no se ha podido encontrar en los buscadores de Internet, por los cambios parciales que se realizan.

Los CONSIDERANDOS, contrario sensu, aparecen (in extenso) en el Decreto 1311/2015 que aprueba la Nueva Doctrina de Inteligencia Nacional, entre tras cosas de menor significación, que debe aplicar la AFI.

Los aspectos relevantes de la Ley de Creación de la Agencia Federal de Inteligencia son:

Artículo 5° — Establece que “la AFI será el organismo superior del Sistema de Inteligencia Nacional y dirigirá el mismo, abarcando los organismos que lo integran. (¿CONSTITUYE EL ANTERIOR CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA? LA RESPUESTA ESTÁ EN LA ORGANIZACIÓN DE LA AFI, QUE SE DESCONOCE)

Artículo 6° — Define la misión como; “producción de inteligencia nacional como la obtención, reunión y análisis de la información referida a los hechos, riesgos y conflictos que afecten la defensa nacional y la seguridad interior, a través de los organismos que forman parte del sistema de inteligencia nacional (# 1) y establece que la producción de inteligencia criminal referida a los delitos federales complejos (NUEVA CALIFICACIÓN) relativos a terrorismo, narcotráfico, tráfico de armas, trata de personas, ciberdelitos, y atentatorios contra el orden económico y financiero, así como los delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional, con medios propios de obtención y reunión de información. (# 2)

Artículo 7° — Se transfiere a la órbita de la AFI “las competencias y el personal que se requiera de la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, dependiente del Ministerio de Seguridad, referidas a las actividades de inteligencia relativas a los delitos federales complejos y los delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional”.

En síntesis, lo más importante es que no se detallan cuales son los organismos que dirige según Artículo 1 y 6, inc. 1 y 8, pero, sobre todo, carece de los fundamentos (C0NSIDERANDOS) para establecer una nueva ley.

c. EL SISTEMA DE DEFENSA NACIONAL (SDN)

Se basa fundamentalmente en el TÏTULO II – Finalidad del sistema, Artículo 7º y 8º; en  el TÍTULO III – Estructura del Sistema, artículo 9º / 14º donde se establecen los Organismos de la Defensa Nacional y el último en el inciso h): “El Pueblo de la Nación mediante su participación activa en las cuestiones esenciales de la Defensa, tanto en la paz como en la guerra de acuerdo a las normas que rijan la movilización, el Servicio Militar, el Servicio Civil y la Defensa Civil”. Su brevedad impide establecer un verdadero sistema de Defensa Nacional.

Por su parte el Art. 8º, inc. 1) Establece que “la producción de inteligencia nacional mediante la obtención, reunión y análisis de la información referida a los hechos, riesgos y conflictos que afecten la defensa nacional y la seguridad interior, se realiza a través de los organismos que forman parte del sistema de inteligencia nacional”. (¿DELEGACIÓN DE FACULTADES? ¿POR QUÉ?)

En síntesis, no se define cual es el Sistema de Defensa Nacional, sino que sólo se determinan su finalidad y su estructura, razón por la cual impide establecer un verdadero Sistema de Defensa Nacional (SDN)

d. EL SISTEMA DE SEGURIDAD INTERIOR (SSI)

La Ley de Seguridad Interior (Ley Nº 24.0599), establece el Sistema de Seguridad Interior en su TITULO II – “Del sistema de seguridad interior” que establece la Finalidad, estructura, órganos, misiones y funciones”, en los Artículos 6º (Definición), artículo 7º (Integrantes),  Artículo 8º (Delegación para ejercerá la conducción política del esfuerzo nacional de policía), Artículo 9ª (Se crea el Consejo de Seguridad Interior – COSEINT), Artículo 10º (funciones del Consejo de Seguridad Interior) Artículo 11º (Integrantes del COSEINT), Artículo 12º (Reglamento interno), Artículo 13º (Constitución del Gabinete de Crisis) y normas complementarias, artículos 14º / 18º.

En síntesis, de acuerdo con la Ley Orgánica la Seguridad Interior, aparte de su contenido antimilitarista, porque se quita la subordinación de las Fuerzas de Seguridad que dependían de los Comandos en Jefe, cuenta con un Sistema de Seguridad Interior, adaptado al origen de la ley, excepto la importante Inteligencia Criminal que se le quita para ser responsabilidad de la AFI (Artículo 6º sustituyendo al Artículo 8º de la Ley Nº 25.520)

e. CONCLUSIONES PARCIALES  SOBRE LA SITUACIÓN CONFLICTIVA DE NATURALEZA LEGAL.

En la actualidad, desde el punto de vista mencionado, responde a diferentes leyes que carecen de la unidad sistémica para disponer de un Sistema de Seguridad Nacional”, eficiente y eficaz que permita organizarlo, realizar el Planeamiento y orientar las Estrategias, correspondientes, para enfrentar los “Conflictos Moleculares Nacionales”.

2. LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS DIFERENTES CONFLICTOS – ESCENARIOS

ESCENARIO “A” - CONFLICTOS CORRESPONDIENTES A LA SEGURIDAD PÚBLICA

Comprometen la condición de vivir libre de temor y libre de conflictos afines a la ciudadanía. Contemplan un abanico de hechos, que requieren de la previsión, prevención y ejecución, consecuencia de la toma de innumerables decisiones de medidas, que contemplan un amplio espectro de delitos dispersos en el territorio nacional con centro de gravedad en la CABA y el Gran Buenos Aires, los cuales se cometen en la actualidad, contra individuos y familias tales como: 1) Los asaltos a casas particulares a mano armada; 2) Los asaltos “express” contra bancos, financieras, a través de diferentes métodos, que incluyen hasta la construcción de túneles; 3) La modalidad de “entraderas” que se corresponden con la llegada al domicilio de vehículos, incluso con familias  o esperas a las que se asaltan para llevarse vehículos o facilitar la entrada a los domicilios, con resultados fatales ; 4) La modalidad de “salideras”, normalmente a la salida de personas o instituciones que han retirado importantes sumas de dinero en efectivo de los bancos;  5) La ola de personas que se secuestran periódicamente, por las cuales se piden importantes sumas de dinero. Los secuestros pueden ser “express”, al “boleo” o “planificados” contra personas para pedir por su rescate, a veces con la participación de uniformados de policía; 6) Los “barras bravas” de fútbol (especializadas en narcotráfico, extorsión, etc.) que cometen cualquier tipo de atropellos contra la propiedad privada a la salida de los partidos o luchas callejeras entre facciones pertenecientes a distintos clubes, con el temor de los vecinos; 7) Los “motochorros” que asaltan a las personas en la calle y huyen a gran velocidad; 8) Los falsos llamados telefónicos anunciando un problema familiar pidiendo dinero, joyas, etc. para solucionarlo, 9) El asesinato de policías; 10) Últimamente y ante las proximidades de las elecciones  del 22/10 y del fin del año escolar, con los exámenes correspondientes, numerosos menores y algunos mayores (incluso profesores) se han dedicado a informar al 911, la existencia de bombas en los colegios, que demanda la suspensión de clases, la concurrencia de personal policial, bomberos y sanidad, ante la eventualidad cierta de las misma, durante el mes de septiembre y octubre, cuyo costo se estima en los $ 100.000, por operación de la movilización de los efectivos. El número de llamadas ha superado los 3.000.

A ellos pueden sumarse el incendio de autos en diferentes puntos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires que son los lugares predilectos para producir todo tipo de delitos.

Lamentablemente algunos policías, guardiacárceles y jueces, actúan con un elevado grado de corrupción para cumplir las respectivas funciones contribuyendo a la incapacidad del Estado para ejercer su Poder de Policía, no pudiendo aplicar el rigor de la ley, frente a las manifestaciones de los diferentes tipos de delitos, una tarea primaria a terminar cuanto antes.

ESCENARIO “B” - CONFLICTOS TRANSNACIONALES

Comprometen la salud de las personas y su relación familiar, porque se destacan por la existencia del narcotráfico que ha adquirido una gran magnitud en los últimos años por inacción del Gobierno anterior, que incluso algunos funcionarios favorecieron, que reconoce a la República no ya como país de tránsito sino de consumo, que va desde organizaciones en las villas miserias para establecer el consumo de “paco” en los menores de edad, hasta organizaciones superiores que incluyen laboratorios para la producción y una cadena de distribución bien organizada, que llega hasta las puertas de los colegios secundarios, con la existencia de sicarios cuando no se respetan las zonas de influencia, que llegan a dominar determinadas ciudades (Rosario) y controlar la corrupción en provincias (Santa Fé)

Tal situación se ha extendido a casi toda las capitales o ciudades importantes del país, sin perjuicio de que, actualmente, se ha logrado capturar drogas en tránsito desde las fronteras de Bolivia y desde Paraguay, con mayor intensidad, así como laboratorios o aquella mercancía depositadas en determinados lugares, que son allanados por las fuerzas policiales gracias a una excelente Inteligencia Criminal policial
A las actividades de fabricación y distribución corresponde otra operación, cual es la del lavado del dinero obtenido, a través de la compra de viviendas, negocios que sirven –a su vez- para la comercialización de la droga, autos de alta gama, inversiones varias en viviendas, relojes de reconocida marca, etc.

Debe destacarse, dentro de este escenario,  a la ciberdelicuencia que actúa asiduamente tanto en el orden particular (P.ej.: Tarjetas de Crédito o Débito), como en la banca y dependencias del Estado Nacional y provincial,

Otro tanto ocurre con el secuestro de mujeres y niños adolescentes para dedicarlos al tráfico de personas con fines de prostitución.

ESCENARIO “C” - CONFLICTOS INTERNOS DE CONSTITUCIONALIDAD

Se destacan por la influencia de la izquierda radicalizada, con la colaboración de la organización juvenil del anterior gobierno que ocupaba numerosos puestos con elevados sueldos denominada “La Cámpora” (que se supone dispone de armas para actuar en caso necesario) que se dedican a realizar manifestaciones nutridas en la Plaza del Congreso con desplazamiento a la Plaza de Mayo, por causas políticas o económicas antigubernamentales, con los consiguientes inconvenientes en el tránsito particular y colectivo así como el cierre de negocios por temor a atentados contra los mismos. Es una especie de gimnasia subversiva, como ocurre con los asaltos a policía o comisarías, incluso unidades de las FF.AA para obtener armamento.

A ello se suman numerosos cortes de calles y avenidas de lugares especialmente de mucho tránsito, con los mismos fines encubiertos de provocar y preparar movimientos subversivos internos, por parte de las llamadas “organizaciones sociales” y organizaciones de los “derechos humanos” donde intervienen, las Madres y Abuelas de Plaza de Mayo, el CELS, y otras organizaciones de “derechos humanos”, entre otras razones  políticas y económicas-sociales,

Últimamente ha tenido particular importancia la aparición de una organización denominada “Anarquía”, que realiza numerosos atentados contra edificios públicos, especialmente con bombas “Molotov”, dejando su firma en las paredes con una A mayúscula dentro de un círculo, normalmente aprovechando las grandes manifestaciones.

La izquierda y las pseudos organizaciones de derechos humanos apoyan, desde el gobierno anterior a la subversión mapuche, que se desarrollado en la zona cordillerana en complicidad con los indígenas de Chile, aprovechando la porosa frontera entre ambos países y la ausencia del accionar de Gendarmería, apoyada por la necesaria legislación, dada la ineficiencia de los jueces actuantes en la zona (ver Escenario D) 

Otro tanto ocurre con una antigua organización violenta, originalmente de derecha, denominada “Quebracho” que se infiltra, también en las manifestaciones para producir desmanes.

ESCENARIO “D” - CONFLICTOS EXTERNOS E INTERNOS DE SOBERANÍA NACIONAL

Ellos afectan la Soberanía del Estado, y se ponen de manifiesto con el problema más grave actual de la República Argentina, cual es el de la creación del “estado mapuche” dentro del territorio argentino, que no respeta al Estado Nacional y provincial, las leyes argentinas y los símbolos nacionales ocupando tierras cordilleranas limítrofes con Chile en Neuquén, Río Negro y Chubut, de varias Estancia particulares, estrechamente relacionados con sus hermanos de sangre que operan de igual modo en Chile

A dicho territorio ocupado ilegalmente se lo considera “sagrado”, para mantener su falsa soberanía y evitar la entrada de autoridades provinciales o nacionales, que son revisados para evitar el ingreso con armas y cuyo perímetro se encuentra vigilado por hombres armadas que impiden el tránsito en la zona, en un clara demostración de su posesión soberana en las mismas, así como actos de sabotaje en pozos petrolíferos Ver antecedentes, sobre el particular se mencionan numerosos y valiosos artículos relacionados en [6]

Debe dejarse constancia de varios aspectos relacionados con este gravísimo hecho sobre el cual el Estado Nacional y Provincial no han tomado ninguna medida a pesar de su importancia capital, entre ellos se destacan:

Ø “la denominación mapuche es no sólo moderna, sino también falsa, porque siempre fueron araucanos. Y más falso aquí en territorio argentino, pues sus tolderías estaban en Chile. De este lado habitaban los tehuelches”: # 3 del artículo 8) Lunes 04/09/2017 [6]

Ø “los historiadores y los antropólogos hablan de la araucanización de la pampa. Es decir, los araucanos de Chile, encerrados por la geografía, cruzaron los Andes para ganar espacio en la Argentina, donde abundaban los campos, los ganados salvajes y sólo encontraron la débil resistencia de los tehuelches. Los araucanos resultaron ser una raza militar, dotada de un lenguaje claro y fácil (el mapudungún) que fue adoptado desde La Pampa y San Luis hasta la Patagonia Austral”: # 3 del artículo 4) Martes 04/07/2017 [6]

Ø “Hoy ya no quedan tehuelcheparlantes. Las tribus constituyeron una fusión de araucanos y tehuelches, con la lengua de los primeros y la vivienda de los segundos: el toldo nómade. El antropólogo Rodolfo Casamiquela señalaba, asombrado: "Los nietos de tehuelches se declaran mapuches" (!!): # 4 del mismo artículo [6].

Incluso los mapuches cuentan con una organización subversiva terrorista, tal como se mencionó anteriormente, denominada RAM (Resistencia Ancestral Mapuche), un pueblo falso, que no es ancestral,  porque esas tierras fueron ocupadas por araucanos y tehuelches, originariamente. Tal organización cometió desmanes a lo largo de la Ruta 40, con fines políticos y contra Parques Nacionales, cuya campaña intensificó el accionar político contra el Estado que asiste como un simple observador, ante tal provocación tanto a nivel nacional, como provincial, siempre con el apoyo de Gran Bretaña (donde reside su casa Central), compuesto por ingleses) y las organizaciones de “derechos humanos”, nacionales, que fomentan sus exigencias

El día 20/10/2017, la osadía del la RAM culminó con la toma de la Municipalidad de El Bolsón y una grupo de hombres uniformados de negro, con capucha sosteniendo un cartel que decía ¡ESTO ES TERRORISMO DE ESTADO!, frente al Escuadrón de Gendarmería Nº 36, en un abierto desafío al Estado Nacional, ante la inacción de sus efectivos, por ausencia de inteligencia u órdenes precisas de Procedimientos Operativos Normales (PON) para actuar frente a la realidad y la total indiferencia del gobierno nacional, aún cuando se ha llegado hasta acciones de sabotaje gravísimos, que prefiere utilizarla más como policía militarizada que, como custodio de las fronteras, su función específica por Ley de Creación de la Gendarmería Nacional Nº 19.349, totalmente obsoleta, por razones políticas, pero fundamental.

La desaparición de un mapuche (Santiago Maldonado) dio origen a marchas importantes de la izquierda y asociados contra la Gendarmería y volvió a tomar virulencia con motivo de la muerte de un mapuche en un enfrentamiento con el “Grupo Albatros” (organización de élite) de la Prefectura Naval Argentina, en el Parque Nacional Nahuel Huapi.

Todo ello es una consecuencia de la actualización de la Ley de Zona de Frontera para el Desarrollo y Zona de Seguridad de Fronteras (Decreto Nacional 887/94 – ANEXO I – Límites – Art. 2 y 3 y ANEXO II – Áreas - Art. 1 ) adecuando a la Gendarmería Nacional en su zona de actuación específica. Con anterioridad había pasado a depender del Ministerio del Interior (1955) y posteriormente al Ministerio de Seguridad, (1992 – Ley Nº 24.059) que al presente la mantiene subordinada, para a cumplir funciones policiales calificadas, por ser una fuerza de seguridad militarizada, pero desguarneciendo las fronteras nacionales y perdiendo su zona de actuación de acuerdo con su ley de creación Ley Nº 19349, Artículo1 (B.O.: 10 de Enero de 1972) que, mientras cumplió sus funciones específicas dependiendo del Ejército Argentino no hubo ningún problema contra los aborígenes pacíficos en dicha Zona de Seguridad (El autor fue Director Nacional de Gendarmería, designado por el Cte J Ej., que ejerció su conducción, sin inconvenientes de tal naturaleza  entre el 4º trimestre de 1975 y  diciembre de 1976)

Tal la causa eficiente y las consecuencias de la resolución adoptada fuera de su original y verdadera zona de operaciones, que han contribuido a la situación mapuche actual y la falta de presencia del estado, a pesar del Comité de Crisis del Ministerio de Seguridad.

La soberanía nacional interna, por otra parte,  se ve afectada, también, con los vuelos de aviones narcotraficantes que  provienen del norte (Paraguay y Bolivia) para aterrizar en pistas clandestinas en territorio nacional, sin instrucciones ni medios para su derribo, por falta de la ley correspondiente como ocurre en Brasil.

Otro tanto ocurre en el Mar Argentino, donde se realizan incursiones de pesca clandestina de la inmensa riqueza ictícola del mismo, por parte de barcos con banderas de países de otros continentes (España, Taiwan, Japón, entre otros), de muy difícil seguridad por su extensión y los limitados recursos de la Prefectura Naval Argentina, incluso con el apoyo de la Amada de la República Argentina, que llega hasta zonas próximas a las Islas Malvinas, que su gobierno les cobra peaje.

La breve reseña realizada de los diferentes conflictos que se materializan en la República Argentina, justifica la creación de un Organismo Superior de Seguridad Nacional que adopte las medidas necesarias para establecer un Sistema de Seguridad Nacional, cosa que obliga a tomar una serie medidas de naturaleza orgánica funcional, para emplear los recursos disponibles y su necesario refuerzo logístico y presupuestario, con el apoyo legal correspondiente para actuar de acuerdo con el Derecho Positivo y en cumplimiento de los Fines Nacionales determinados en el  Preámbulo de la C.N., Ley Suprema de la República Argentina.

Planteados los aspectos negativos, relativos a las causas de la Inseguridad Nacional es indispensable entrar en la solución del problema existente, primero desde un enfoque teórico y posteriormente desde un Enfoque Práctico

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  La teoría es un sistema lógico y la base de la acción concreta,que debe materializarse en hechos, para disponer la capacidad de comprender la realidad

B. EL “SISTEMA DE SEGURIDAD NACIONAL”  -  NIVEL   SUPERIOR
ENFOQUE TEÓRICO

1.    ¿QUÉ ES UN SISTEMA?

Es el primer aspecto a considerar porque constituye la base de la Organización, de la Administración y el “Management” de un Organismo a crear, para cumplir una misión específica.

Un sistema es, teniendo en cuenta las dos primeras acepciones, que establece el Diccionario de la Lengua Española (RAE):

·         Un conjunto de reglas y principios sobre una materia, racionalmente enlazados entre sí”, definición que se aplica a la existencia del régimen funcional de una Institución, en relación con las principales competencias que constituyen las bases para su organización.
·          Un “conjunto de cosas que, ordenadamente relacionados entre sí, contribuyen a determinado objeto”, definición que se aplica a la existencia del régimen orgánico de una Institución, esto es que atañe a la  determinación de una organización, cuyas actividades responden a una función.

En síntesis, un Sistema es el ordenamiento de una función, por medio de una organización, en cuanto al conjunto de actividades propias, que realizan las tareas derivadas de la misma, para lo cual se requiere de reglas (fines), estructuras de poder (medios), procedimientos (métodos de instrumentación), recursos humanos capacitados en forma particular (conocimientos específicos) y recursos logísticos y financieros.

2.    ¿QUÉ ES UNA FUNCIÓN?

Una función se refiere al conjunto de actividades que puede desempeñar un elemento orgánico, en orden a la consecución de un objetivo definido.

La función
responde a un determinado propósito, competencia o incumbencia  y significa la "ejecución o ejercicio de una facultad", que determina las capacidades propias.que se deben desempeñar en una  Institución pública o privada, a cargo de funcionarios, que tienen la responsabilidad de cumplir las obligaciones específicas de la misma, a través de diferentes actividades.

3.    ¿QUÉ ES UNA ACTIVIDAD?

La actividad es la facultad de obrar para realizar un  conjunto de tareas propias de una entidad o diligencias con eficacia y eficiencia, para producir un efecto que responda  a una función.

Es el conjunto de acciones que se llevan a cabo para cumplir las metas de un una función que consiste en la ejecución de ciertos procesos o tareas, mediante la utilización de los recursos humanos, materiales, técnicos, y financieros asignados a la actividad que queda a cargo de una entidad administrativa de nivel intermedio.

Por su parte, una actividad es una acción cualitativa que tiene la facultad de realizar acciones que se componen de diferentes tareas que son las labores o trabajos que realiza diferentes personas en un tiempo determinada.

Las normas orgánicas, indican la ubicación, la dependencia y la relación entre los elementos que desarrollan actividades o tareas, dentro de una función para lograr un fin determinado.

4.    ¿QUÉ ES UNA TAREA?

Una tarea es la práctica de una obligación, un trabajo determinado que realiza una persona, en el contexto de una actividad, como parte de su condición y responsabilidad laboral como empleado de una organización

Es una labor u ocupación, un deber hacer, que  generalmente demanda de parte de quien la lleva a cabo cierto esfuerzo y que se realizará en un determinado lapso, de manera eficiente.

5. ¿QUÉ ES UNA ORGANIZACIÓN?

Etimológicamente, el término “organización proviene del griego “organón” que puede traducirse como “herramienta. Instrumento o útil” [7]

Semánticamente, significa “Poner algo en orden” con la intención de “establecer o reformar algo para lograr un fin, coordinando las personas y las medios adecuados”, regulada por un conjunto de normas materializadas en tareas, dentro de sus respectivas actividades, que responden a una función.

Una Organización es la parte principal de un determinado Sistema diseñado para cumplir una misión, porque proporciona los medios y requiere los recursos para ello, a fin de alcanzar ciertas metas u objetivos, que constituye un grupo social formado por personas que realizan tareas, dentro de una actividad que responde a una función que requieren de una administración para su adecuado desenvolvimiento y su correspondiente “management”, para su dirección.

Las responsabilidades asignadas a los equipos de trabajo que actúan dentro de una actividad y estas dentro de una Función deben ser específicas, claras y bien comprendidas.

Las Organizaciones formales, como las organizaciones gubernamentales siguen una serie de reglas y requieren de una persona que ejerza el liderazgo para realizar la administración de los recursos humanos, los recursos financieros, tecnológicos, de la instalación asignada, así como del tiempo asignado para cumplir los objetivos.

La estructura organizacional suele representarse en forma de organigramas.  Son gráficos  de la estructura formal de una Organización, que muestran las interrelaciones, las funciones, los niveles jerárquicos, las obligaciones y la autoridad, existentes dentro de ella.

Dentro de ella se procesa, ordena, clasifica y analiza la información lógica, causal y racional, así como procesa las ideas en su origen que requieren: 1) La información pertinente; 2) La Iniciativa para realizar las tareas sin que se le impongan, dentro de la idea superior; 3) La Imaginación para encontrar nuevas soluciones al problema existente y 4) La Innovación, de donde surge la introducción de ideas novedosas; 5) La creatividad de pensamientos que deben ser procesadas para realizar una obra de ingenio, de arte que revela una gran inventiva para resolver un determinado tema o problema, en forma eficiente y eficaz.

Por otra parte, la organización gubernamental debe integrar la Administración Pública Nacional que depende del Poder Ejecutivo Nacional y figurar en la respectiva Ley de Ministerios, previamente aprobada por el Poder Legislativo, a instancias del Jefe de Gabinete (Artículo 100, inciso 6) Dicha ley debe tener en cuenta la Teoría
o Teorema de Graicuna. [9]

6.  ¿QUÉ ES LA ADMINISTRACIÓN?

Etimológicamente, “la palabra “administración”, se forma del prefijo “ad”, hacia y de “ministratio”, Esta última palabra viene a su vez de “minister”, vocablo compuesto de “minus” comparativo de inferioridad y del sufijo “ter”, que sirve como término de comparación. “Minister” significa subordinación u obediencia; el que realiza una función bajo el mando de otro; el que presta un servicio a otro.

La etimología de Administración, expresa la idea de que ésta se refiere a una competencia que se desarrolla bajo el mando de otro: de un servicio que se presta. Servicio y subordinación, son pues los elementos principales obtenidos.”[10]

Semánticamente, es el acto de administrar, gestionar o dirigir empresas, negocios u organizaciones, personas y recursos, con el fin de alcanzar los objetivos definidos.

Resumiendo, Administración significa acción y efecto de administrar y es la aplicación de medios a fines.

“Administrar, también se refiere a organizar, planear, dirigir y controlar, todos los recursos pertenecientes a una organización, con la finalidad de alcanzar los objetivos propuestos.

Para ello el Administrador necesita saber razonar, aplicar el sentido común y también ser muy prudente al momento de utilizar los recursos.”

7. ¿ QUÉ ES EL “MANAGEMENT”?
En primer lugar resulta obvio que se trata de un nombre en inglés de uso común en las organizaciones públicas y privadas, que es necesario definir con la ayuda del Diccionario WEBSTER´S [11], término que está muy ligado al concepto de Administración
Según dicho diccionario, “management” es un término relacionado con la acción de  “manage”, (verbo transitivo) de origen latino “manus” que significa “mano”, que tiene varias acepciones, alguna de las cuales interesan a este trabajo. Ellas son # 3. “tener un cargo para dirigir, conducir, administrar.; # 5. lo que hace una persona que quiere realizar, con la debida autoridad legal, su tarea con habilidad, tacto, para ejercer el control.

El mismo término, como verbo intransitivo: # 1. conducir o dirigir asuntos: # 2. diseñar planes que le permitan encontrar un camino para solucionar un problema a fin de lograr éxito en el desarrollo de un asunto”.
En síntesis, debe ser entendido como Técnica de dirección y gestión de organismos estatales o empresas privadas que ejerce un mando”, caracterizada por el ejercicio del liderazgo, la motivación y la comunicación”, algo parecido en el orden militar al concepto de ejercicio del mando y no del comando”.
La Dirección puede definirse como “un proceso dinámico de actuación de una persona (dirigente) sobre otra u otras (dirigidas o grupo humano) con el objeto de guiar su comportamiento hacia una meta u objetivo determinado, a través de la prioridad de decisión que le concede su posición de poder”, orientada al bienestar general
La Gestión, del latín “gestio”, hace referencia a la acción y a la consecuencia de administrar o hacer diligencias  conducentes para hacer posible la realización de un anhelo cualquiera,
Ella incluye las actividades correspondientes al establecimiento de la estrategia de una  organización y para coordinar los esfuerzos de sus empleados a fin de llevar a cabo sus objetivos a través de la aplicación de los disponibles recursos, tales como financieros, naturales, tecnológico y  recursos humanos.
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"Realizar acciones equilibradas,  serenas y constructivas"

"Las ventajas de la integración son la credibilidad, la confiabilidad y la predictibilidad"


C. EL “SISTEMA DE SEGURIDAD NACIONAL”  -  NIVEL   SUPERIOR
ENFOQUE PRÁCTICO

1. LA NATURALEZA DE LA SEGURIDAD NACIONAL

La Seguridad Nacional es un fundamento esencial para el desarrollo económico y el progreso de una sociedad libre.

Por eso, resulta imprescindible un entendimiento básico y generalizado de su importancia como garantía del bienestar de los ciudadanos, estabilidad y permanencia del orden constitucional, de las instituciones políticas republicanas y del desarrollo económico-social, que le posibilita ser una Nación libre, autónoma y soberana.

2. EL SISTEMA DE SEGURIDAD NACIONAL (SSN)

El Sistema de Seguridad Nacional es un régimen constituido por un conjunto de normas funcionales,  orgánicas y administrativas que gobiernan o rigen la competencia de las acciones relacionadas con la Seguridad Nacional.

Las normas funcionales, de acuerdo con el Enfoque Teórico precedente, responden a determinados propósitos o incumbencias que contribuyen a la ejecución de las capacidades propias.que deben regular la actividad del Estado y la sociedad, en los asuntos de la Seguridad Nacional.

Las normas orgánicas responden, de acuerdo con el Enfoque Teórico precedente, a la Dirección Superior de la Seguridad Nacional y a la determinación de una Organización Ejecutiva de las acciones adecuadas en los diferentes escenarios de la Seguridad Nacional para satisfacer las necesidades de modernización del Estado, de acuerdo con la Teoría o Teorema de Graicuna [9], con la menor cantidad de elementos imprescindibles para contribuir a las responsabilidades del Presidente de la Nación y del Jefe de Gabinete con las imprescindibles jurisdicciones ministeriales (Ver actual mapa Administración Pública Nacional [12]) con 19 Ministerios, 71 Secretarías dependientes e innumerables Direcciones Generales), con un mínimo dimensionamiento para cumplir con las responsabilidades funcionales, cuantitativa y cualitativamente.  
Las normas administrativas, que corresponden tanto a la Dirección Superior y los Organismos de Ejecución,  del SSN, no contempladas en el Enfoque Teórico de la Administración, responden a la necesidad de tener en cuenta el “El proceso administrativo [13] que responde a dos fases: una mecánica y otra dinámica: 1) En la primera, Fase Mecánica, se busca establecer qué hacer y se prepara la estructura necesaria para hacerlo. Comprende las actividades de organización y planeamiento; 2) La segunda, Fase Dinámica, se refiere a cómo se maneja ese organismo social que se ha estructurado y comprende las actividades de integración, dirección y control”, la conjunción de dichas fases se traducen en 5 etapas que detallan por su importancia
Ø 1ª etapa. La Organización es un Sistema  que permite una utilización equilibrada de los recursos cuyo fin es establecer una relación entre las funciones, las actividades y las tareas que el personal debe ejecutar, de acuerdo con lo explicado en el Enfoque Teórico. Es un proceso en donde se determina qué es lo que debe hacerse para lograr una estructura orgánica-funcional con la finalidad establecida según el tema a desarrollar, dividiendo y coordinando las actividades y suministrando los recursos.

Ø 2ª etapa. El Planeamiento es un proceso mediante el cual la organización piensa anticipadamente las acciones que va a desarrollar para alcanzar los objetivos que se fijaron. Consiste, en saber qué se va a hacer por anticipado, cuál va a ser la dirección que se va a tomar para alcanzar los objetivos de la manera más eficiente para crear un futuro deseado, estableciendo una Estrategia General y otras Estrategias de la Acción para alcanzar esas metas u objetivos y el desarrollo de un plan para integrar y coordinar las actividades, a fin de lograr sucesivamente el objeto que se desea cumplir.

Ø 3ª Etapa. La integración consiste en los procedimientos para dotar al organismo de todos aquellos elementos, tanto humanos como materiales, que la mecánica administrativa señala como necesarios para su más eficaz funcionamiento, escogiéndolos, introduciéndolos, articulándolos, y buscando su mejor desarrollo.
La integración comprende cosas y personas, pero éstas son lo más importante Se realiza mediante de la identificación de los requerimientos de la fuerza de trabajo, el inventario de las personas disponibles y el reclutamiento, selección, contratación, ascenso, evaluación, planeación de carrera, compensación y capacitación o desarrollo, tanto de candidatos como de empleados en funciones a fin de que puedan cumplir eficaz y eficientemente sus tareas, teniendo en cuenta su más reducido dimensionamiento.  

Ø 4º Etapa. La dirección es la función que trata la aplicación de los conocimientos en la toma de decisiones a través de la influencia interpersonal, para lograr que todos los involucrados en la organización contribuyan al logro de sus objetivos. Se ejerce a través de tres subfunciones: el liderazgo, la motivación y la comunicación que se reflejan en el “management”.

Ø 5ª Etapa. El control es la función administrativa por medio de la cual se evalúa el rendimiento. Efectúa la medición de los resultados obtenidos comparándolos con los esperados (planeados) con el fin de buscar la mejora continua. Es el proceso que permite garantizar que las actividades reales se ajusten a las actividades proyectadas.

 

Lo expuesto es el diseño del futuro, estableciendo el “camino” para la consecución de los objetivos

 

3. LA ORGANIZACIÓN SUPERIOR DE LA SEGURIDAD NACIONAL

El primer aspecto a tener en cuenta es que el organismo superior tenga la capacidad de asesorar y asistir al Presidente de la Nación en la toma de las decisiones sobre la SN.

La segunda consideración responde a que la SN es múltifacética, multimodal, múltitemática, multidisciplinaria y múltisectorial, por cuya razón debe pensarse en un organismo de alto nivel, compuesto por los titulares de los principales Poderes del Estado,: el Presidente de la Nación, el Jefe de Gabinete y Ministros con intereses en la SN, directos o indirectos, los Presidentes de las Cámaras del Congreso; el Presidente de la Corte Suprema, requiriendo la presencia de un Secretario de Seguridad, para cumplir las funciones propias del cargo en cuanto al funcionamiento (registro de decisiones y dirección de tareas ejecutivas del organismo)

También podrán formar parte de dicho organismo, cuando sea necesario convocarlos, aquellos especialistas necesarios en función de los asuntos particulares a tratar, para prestar asesoramiento en su especialidad, provenientes de los presidentes de ONG’s privadas, existentes en la materia.

Obviamente, dado la cantidad y cualidades de los integrantes del organismo y la naturaleza de sus funciones sería conveniente denominar al organismo superior de la Seguridad Nacional, como Consejo Nacional de Seguridad (CONASE).

Su misión debería ser regular la actividad del Estado y la sociedad, en materia de SN, en concordancia con los Fines Nacionales Constituyentes, mencionados del Preámbulo de la C.N. y las leyes que se promulguen al efecto para determinar el Sistema.

Sus funciones específicas deberían ser:

1) Asesorar y asistir al Presidente de la Nación, de quien depende directamente;
2) La determinación de los Intereses Nacionales;
3) La elaboración de la Política de Estado en la materia;
4) La elaboración de los Objetivos Políticos, desde su perspectiva, en forma contribuyente para asegurar el Desarrollo Nacional que se fije el gobierno nacional (Podría organizarse un CONADE);
5) La determinación de los conflictos actuales y amenazas potenciales;
6) Orientar la Estrategia de Seguridad Nacional para  realizar el Planeamiento Estratégico de corto, mediano y largo plazo a fin de enfrentar los conflictos actuales y las amenazas potenciales, estableciendo prioridades.

Sus funciones generales deberían ser:

a.     Dictar las directrices necesarias en materia de planificación y coordinación de la política de Seguridad Nacional.
b.     Dirigir y coordinar las actuaciones de gestión en situaciones de crisis.
c.     Supervisar y coordinar el Sistema de Seguridad Nacional.
d.     Verificar el grado de cumplimiento de la Estrategia de Seguridad Nacional y promover e impulsar sus revisiones.
e.     Promover e impulsar la elaboración de las Estrategias de la Acción de los organismos dependientes  que sean necesarias y proceder, en su caso, a su aprobación, así como a sus revisiones periódicas.
f.      Establecer el presupuesto de los recursos humanos y logísticos para la Seguridad Nacional.
g.     Aprobar el Informe Anual de Seguridad Nacional antes de su presentación en el Congreso Nacional.
h.     Acordar la creación y el fortalecimiento de los órganos de apoyo necesarios para el desempeño de sus funciones.
i.       Impulsar las propuestas normativas necesarias para el fortalecimiento del Sistema de Seguridad Nacional.

Realizar las demás funciones que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias que sean de aplicación.

 

4. LA ORGANIZACIÓN OPERATIVA DE LA SEGURIDAD NACIONAL - RELACIONES

La Organización Operativa debe basarse en tres Subsistemas de Seguridad, con las relaciones de comando, funcionales y coordinación necesarias para integrar el SSN, a fin de atender las competencias de los Subsistemas de Inteligencia, Seguridad Interior y Defensa Nacional que lo integran, “como atribución legítima de una autoridad para el conocimiento o resolución de un asunto” (RAE).

En tal sentido no existiría ningún problema con el CONASE que depende del Presidente de la Nación (Relación de Comando) pero se tropieza con el inconveniente para establecer la forma como dicha Dirección Superior del SSN podría dirigir los tres subsistemas con la necesaria autoridad, por el hecho que:

1) La Inteligencia, en los principales países, responde directamente al Presidente de la Nación para disponer de la información necesaria que le permita tomar decisiones, su responsabilidad principal y no al CONASE, en este caso, del cual debe formar parte como Subsistema, razón por la cual debería tener una Relación Funcional (RC 00- 02), dada la importancia capital de su responsabilidad en “la obtención, reunión, sistematización y análisis de la información específica referida a los hechos, amenazas, riesgos y conflictos que afecten la seguridad interior y exterior de la Nación”. (Ley de Inteligencia Nº 25,520, Art. 2, inciso 1) a la que hay que agregar los inciso 2 (Contrainteligencia), Inciso 3 (Inteligencia Criminal) e inciso 4  (Inteligencia Estratégica Militar, para culminar en el Inciso 5 estableciendo el Sistema de Inteligencia Nacional.

2) Otro tanto ocurre con la Seguridad Interior y la Defensa Nacional que, en la actualidad constituyen dos Ministerios dependientes del Jefe de Gabinete, lo cual dificulta una relación de comando con el CONASE y exige también tener una Relación Funcional. No obstante ello, para reducir el número y nivel de los Ministerios y sus dependencias subordinadas, dado el excesivo número dé ministerios, se podría reducir ambos a la categoría de Secretarías, integrantes de un Ministerio de Seguridad Nacional, decisión que, además, de responder mejor en este campo a la Teoría o Teorema de Graicuna, resaltaría la importancia de su denominación y la conveniencia de reunir bajo un mismo comando las operaciones en los 4 escenarios fijados anteriormente, dada la interrelación de los medios disponibles que se podría realizar para operar de acuerdo con la gravedad de la situación en un determinado escenario, cuando fuere necesario.

Un aspecto importante en el caso de la creación del Ministerio de Seguridad Nacional es realizar una adecuada  disposición de los medios, especialmente las Fuerzas de Seguridad, hoy dependiente del Ministerio de Seguridad por la Ley de Seguridad Interior, para cumplir funciones policiales alejadas de su razón de ser de acuerdo con las respectivas leyes de creación que requieren cumplir las mismas por la porosidad de las fronteras terrestres, incluso la pérdida de soberanía en la Cordillera Patagónica, marítima y aérea, imponen ajustar su dependencia para un mejor cumplimiento de la SN. 

Así, por ejemplo, tenemos el caso de la Gendarmería (Ley Nº 12.367, derogada por ley Nº 19.349), la Prefectura Naval Argentina (Ley Nº 18.398) y, posteriormente, la Policía de Seguridad Aeroportuaria (Ley Nº 26.102), cuyas leyes de creación deteminaron claramente su razón de ser, luego modificadas por la Ley de Seguridad Interior nº 24.059 en el caso de las dos primeras.

Las tres Fuerzas de Seguridad pasaron a integrar el Sistema de Seguridad Interior (Art. 7, incisos e) y f) a fin de emplearlas para cumplir funciones policiales en CABA y GBA, desguarneciendo las fronteras  terrestres y marítimas por donde se ampliaron las posibilidades del contrabando de armas, drogas, personas, etc. y, lo más grave, se ha perdido la soberanía Interior en la frontera cordillerana de Neuquén, Río Negro y Chubut, con la creación del denominado per se “estado mapuche” y la organización terrorista RAM, que lo integra como fuerza subversiva de actitud ofensiva y plantea uno de lo conflictos más graves que debe enfrentar el actual gobierno, sin tomar hasta el momento ninguna medida activa a nivel nacional ni provincial, dejándola en manos de jueces sin responsabilidad jurídica constitucional.

En consecuencia dichas Fuerzas de Seguridad deberían volver a ejercer sus funciones previstas en las leyes de creación y regresar a operar bajo el Comando de las respectivas FF.AA., dentro del Subsistema de Defensa Nacional, por las necesidades que resultan de las contramedidas necesarias para enfrentar los conflictos en los escenarios “C” y “D”, y, eventualmente, en el escenario “B”, incluyendo las FF.AA. del Subsistema de Defensa Nacional, que se encuentran dentro del subsistema de Defensa Nacional pero dependen directamente del Presidente de la Nación, en su carácter de Comandante en Jefe de las FF.AA

5. ELABORACIÓN DE LAS LEYES REFERIDAS A LA SEGURIDAD NACIONAL

Al no existir un Sistema de Seguridad Nacional en la actualidad es imprescindible elaborar un conjunto de leyes para la organización del mismo de acuerdo con lo establecido en el Art. 100, inciso 6 y Art. 77 y siguientes del CAPÍTULO 5 de la C.N.

A tales fines es imprescindible realizar una tarea monumental, jurídicamente hablando, al coordinar con el Jefe de Gabinete la elaboración, con los respectivos CONSIDERANDOS, para la elaboración del proyecto de:

a. La ley de creación del  CONASE, dentro de la Ley de la Administración Pública Nacional, de acuerdo con la Teoría de Graicuna, a cuyo fin es conveniente ver el mapa de la misma [12], vigente a la fecha, sin una ley que luego de casi dos años de gobierno la avale. Algo totalmente irregular en la forma y el contenido, a pesar de existir un Ministerio de Modernización, que no ha considerado la reiterada veces nombrada Teoría o Teorema de Graicuna, algo elemental en la Organización moderna pública y privada, por su gravitación económica en personal y recursos materiales, espaciales y temporales.
b. La ley de Ministerios (Art. 100, inciso 6 de la C.N. y de acuerdo con el art. 77 de la misma) por ausencia la misma y la necesidad de achicar a la Administración Publica Nacional, tan criticado por los economistas por el déficit fiscal que ocasiona y compromete la conducción macro económica de particular incidencia en la micro economía que es la causa eficiente del mayor desequilibrio de la economía argentina.
c. La creación del Ministerio de Seguridad Nacional, dentro de la nueva ley de Ministerios, en base a la fusión de los actuales Ministerios de Defensa Nacional y de Seguridad Interior, que establezca una relación de comando con las Secretarías de Seguridad Interior y Defensa Nacional, que conforman los Subsistemas operativos para actuar en los respectivos escenarios determinados.
d. La creación del Sistema de Seguridad Nacional con los Subsistemas y sus correspondientes relaciones.
e. Redactar una nueva Ley: 1) de Inteligencia Nacional que constituya el Subsistema de Inteligencia integrante del SSN y satisfaga las necesidades presidenciales; 2) de Gendarmería Nacional; 3) de Prefectura Naval Argentina; 4) de Policía de Seguridad Aeronáutica, actualizada a las necesidades del SSN y nueva Ley de Ministerios.
 f.  La redacción de otras que fueren menester para dar mayor eficiencia al SSN, desde el punto de vista jurídico, como la Cámara Federal en lo Penal de la Nación, normas contra la corrupción, agravación de penas, el ajuste de las normas de reincidencia y cualquier forma de evitar se achique el cumplimiento de las penas y dejar en libertad sin cumplimiento efectivo de la totalidad de las condenas, para evitar reincidencias y, sobre todo, redactar un nuevo Código de Procedimientos moderno que acelere el trámite de las causas para hacer una efectiva justicia, etc.

Todas las leyes deberán confeccionar posteriormente sus respectivas Reglamentaciones.

Simultáneamente, será imprescindible, en el campo de la Penitenciaría Nacional, la creación de nuevas cárceles modernas, destinadas a la recuperación social de los condenados con una mayor seguridad de los internados y la recuperación social de los mismos con la posibilidad de realizar estudios y realizar tareas manuales, seguidos orgánicamente una vez cumplidas las mismas, liberando a las Comisarías tener individuos procesados presos en sus instalaciones.  

Sin perjuicio de otras que fueran menester al avanzar en la materialización del SSN que podrían mencionarse posteriormente, al poner en marcha las acciones principales de acuerdo con su prioridad,

 

La actualidad conflictiva nacional presenta un cuadro preocupante, y un futuro con un cuadro agravado,  si no se toman medidas urgentes.

CONCLUSIONES

1.  “El marco de referencia del “Conflicto Civil Molecular”, como se expresó y fundamentó, se vive todos los días, a través de diferentes hechos que se descubren y que configuran escenarios caracterizados por:

Ø  “Un fenómeno principal y notablemente urbano y rural de vandalismo y violencia urbana”.
Ø  “Son llevadas por vanguardias de jóvenes motorizadas por el deseo de agresión” para obtener determinado beneficio político, económico o social, ejecutados -en cuanto a la seguridad pública- a veces con personas drogadas o uniformados corruptos, desplazados de la fuerza policial, con una justicia ineficiente y un corrupto servicio carcelario.
Ø  En este tipo de conflicto hay, además, en algunos acontecimientos, una ideología manifiesta por parte de la organizaciones de izquierda (marxistas leninistas), apoyadas por otras del gobierno que finalizó el año 2,015 y organizaciones mal llamadas “sociales, de igual tendencia política muy activas en movilizaciones centralizadas en reuniones de adherentes en la Plaza del Congreso y Plaza de Mayos, con numerosos y cambiantes cortes de calles y avenidas, en lugares sensibles de micro y macro centro y, además, caracterizadas por un manifiesto nihilismo (Negación de todo principio religioso, político y social) y de “derechos humanos” herederos de la ideología del gobierno anterior.
Ø  Se percibe un retroceso estatal en sus obligaciones y la proliferación de “áreas sin ley” producto de la actuación de bandas de narcotraficantes que buscan predominar en ciudades o en villas miserias” y organizaciones subversivas en la cordillera patagónica en el “estado mapuche” (RAM) y zonas adyacentes, incluidos Parques Nacionales.
Ø  Se adoptan medidas improvisadas e incorrectas de gobierno nacional y provincial para la solución de la subversión indígena de la RAM, que agravan el problema, por falta de organización de un SSN.
Ø  El entorno de la sociedad es “apático, derrotista, de indiferencia cívica, y abulia y anomia”, consecuencia de los hechos puestos de manifiesto, frente a la inoperancia de las fuerzas policiales, en principio.

2.     La única solución racional, eficiente y eficaz es la urgente creación de un Sistema de Seguridad Nacional, a pesar de los numerosos problemas económicos, evidentemente una tarea compleja pero fundamental, para sacar al país de la inercia con que enfoca los problemas, caracterizados por la desidia, ineficiencia que responden a una falta de idoneidad por parte de las autoridades responsables, para enfrentar esas graves situaciones denominada del “Conflicto Molecular Nacional”, con el desarrollo urgente de una primera etapa para adoptar decisiones y ejecutar operaciones que atiendan los conflictos más graves que conmueven a la República, con los recursos adecuados empleados de acuerdo con sus leyes de creación.

3.     La ausencia del SSN compromete un entendimiento básico y generalizado de su importancia como garantía del bienestar de los ciudadanos, estabilidad y permanencia del orden constitucional, de las instituciones políticas republicanas y del desarrollo económico-social, que le posibilita ser una Nación libre, autónoma y soberana.

4.  La organización, planeamiento, dirección y control de las Estrategias para aplicar en cada escenario en base a la Inteligencia Nacional es fundamental para el accionar operativo actuando con todos los medios de acción disponibles de acuerdo con sus capacidades específicas y los recursos financieros adecuados, para aplicar la fuerza estrictamente necesaria y suficiente, a fin de enfrentarlas con eficiencia, eficacia y voluntad política de acuerdo con la legislación a establecer, para actuar de acuerdo al Derecho, con la colaboración de una Justicia, con procedimientos modernos, y de un moderno  Servicio Penitenciario Nacional.

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EPÍLOGO


Las REFLEXIONES realizadas por el autor constituyen una advertencia, en el sentido de llamar la atención sobre un grave problema nacional, por medio de la cual intenta persuadir o convencer al lector que debe REFLEXIONAR sobre el texto.

Esto significa que sería conveniente “considerar nueva y detenidamente algo”, a fin de contribuir a expresar nuevos conceptos que perfeccionen los mismos de acuerdo con la debida interpretación de textos, a fin de mejorar, potenciar, el planteo de la proposición y su demostración.

REFERENCIAS:

RAE: REAL ACADEMIA ESPAÑOLA - DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA

[1]  Blog Espacio Estratégico: Sábado 03/06/2017: “LA SEGURIDAD NACIONAL”.
[2]  Los Fines Nacionales Constituyentes son las reglas que dicta un Asamblea Constituyente, en el Preámbulo  de una Constitución para que  desde una posición valorativa, se asignan al Estado, de modo inflexible, sin admitir desviaciones, De ningún modo el Estado debe apartarse de esos Fines, ya que son los que incumben al mismo, dado que son los objetos o motivos con los que se ejecuta algo.
“El cuerpo principal del Preámbulo está dedicado a enumerar una serie de Fines que conforman un programa político y legislativo”, permanente.
https://es.wikipedia.org/wiki/Pre%C3%A1mbulo_de_la_Constituci%C3%B3n_de_la_Naci%C3%B3n_Argentina#Los_fines_del_Pre.C3.A1mbulo  - Índice # 1.4. Adaptado
[3]  Se puede aplicar la expresión común: “Cuando las cosas son baratas, todos compran”, concepto aplicable a la comisión de mayor cantidad de delitos, por impunidad.
 [4]   El excelente artículo del blog Espacio Estratégico (martes 12/09/2017) donde se consideran dentro de los TRES MODOS DE HACER LA GUERRA EN EL S. XXI., el desarrollo de la  Teoría desarrollada como “GUERRA CIVIL MOLECULAR”, que ha sido adaptado al desarrollo del presente trabajo, cuyo sustantivo GUERRA CIVIL, no responde su aplicación a la actual realidad argentina de CONFLICTOS en materia de Seguridad Nacional, razón por la cual se lo denominará: “CONFLICTO MOLECULAR NACIONAL”, dado que los conflictos consideradas en el presente trabajo se fundamentan en las siguientes razones:
Ø   El sustantivo “conflicto”, en sí mismo, no es una “guerra civil” en tanto no constituye una ”guerra entre dos o más bandos de una misma nación”, sino que es una “confrontación entre personas o grupos de ellas que realizan una serie de acciones delictivas que amenazan la seguridad pública, así como la autonomía y soberanía del estado, a través de la materialización de los diferentes tipos de amenazas mencionados en [1], mientras no alcancen una gran intensidad.
Ø  El adjetivo calificativo de “molecular”, de la teoría mencionada, se toma, en forma figurada,  por su característica de elemento de una masa relativamente pequeña que se estudia en la “Biología Molecular”, que es la disciplina científica que tiene como objetivo los procesos vitales, estructura y funciones de los seres vivos a nivel de su estructura molecular y sus funciones, principalmente del material genético (ADN - Ácido Desoxirribonucleico y ARN - Ácido Ribonucleico), extensivo, a los hechos particulares tal como ocurren con los diferentes tipos de delitos que surgen de los diferentes conflictos, en diferentes lugares, de pequeña magnitud pero que, sumados, configura algo vital (De suma importancia o trascendencia)
Ø   El adjetivo determinativo de “nacional”, significa relacionado con la propia nación y completa al sustantivo y al adjetivo calificativo, con el lugar donde aquél se desarrolla concretamente.
Desde otros puntos de vista, las principales diferencias parten de la base que la Guerra Civil Molecular se refiere principalmente a “conflictos con “detonantes étnicos, culturales y religiosos”, cosa que no ocurre en nuestro país, así como “ninguno de ellos se caracterizó por su “aherrojamiento a factores ideológicos”, que si, en el trabajo gravitan en los conflictos internos, mientras que, contrario sensu, se coincide con la expresión “la proliferación de zonas urbanas disputadas y bajo el control de la criminalidad organizada que subroga la ausencia estatal por desidia o abulia”, íntimamente relacionadas con las amenazas a la seguridad pública y a las amenazas transnacionales e internas, así como cuando expresa que “la población civil es el principal núcleo afectado” por la mayor cantidad de hechos que se registran dentro de las conflictos a la seguridad pública y los conflictos transnacionales, en las principales ciudades de la República Argentina.
 [5] En términos jurídicos y sociales, un Estado es la forma y organización de la sociedad, de su gobierno y al establecimiento de normas de convivencia humana. Es la unidad jurídica de los individuos que constituyen un pueblo que vive al abrigo de un territorio y bajo el imperio de una Ley, con el fin de alcanzar el bien común.     http://conceptodefinicion.de/estado/

[6]  Ver artículos del blog Espacio Estratégico de: 1) Lunes 09/01/2017: “Denuncian vínculos de grupos mapuches con las FARC”; 2) Lunes 06/02/2017: “Incendios y terrorismo en Chile”; domingo 09/04/2017: “Terrorismo indigenista ¿El nuevo vector de una guerra?; 3) Martes 30/05/2017: “Chile: reforma legal que facilita el terrorismo”; 4) Martes 04/07/2017: # 3 Antecedente: “los historiadores y los antropólogos hablan de la araucanización de la pampa. Es decir, los araucanos de Chile, encerrados por la geografía, cruzaron los Andes para ganar espacio en la Argentina, donde abundaban los campos, los ganados salvajes y sólo encontraron la débil resistencia de los tehuelches. Los araucanos resultaron ser una raza militar, dotada de un lenguaje claro y fácil (el mapudungún) que fue adoptado desde La Pampa y San Luis hasta la Patagonia Austral”, # 4: “Hoy ya no quedan tehuelche parlantes. Las tribus constituyeron una fusión de araucanos y tehuelches, con la lengua de los primeros y la vivienda de los segundos: el toldo nómada. El antropólogo Rodolfo Casamiquela señalaba, asombrado: "Los nietos de tehuelches se declaran mapuches" (!). Tanto el caballo como la vaca y el hierro fueron los aportes europeos a la indiada criolla”; 5) Sábado 12/08/ 2017: “La cuestión mapuche y la geopolítica británica”; 6) Martes 08/08/2017: “RAM: Si no los paran a tiempo, el desborde criminal será una peste”; 7) Sábado 02/09/2017: “ Maldonado: un error táctico de consecuencias estratégicas”; 8) Lunes 04/09/2017: “ Mapuches suteba y  el pueblo llano”; # 3 “Además la denominación mapuche es no sólo moderna, sino también falsa, porque siempre fueron araucanos. Y más falso aquí en territorio argentino, pues sus tolderías estaban en Chile. De este lado habitaban los tehuelches.; lunes 13/11/2017: El Decisivo rol del Bisabuelo de Fernando Oris de Roa…..

[7]   http://conceptodefinicion.de/organizacion/ - #1
[8]   http://quesignificado.com/administrar/  (adaptada por el autor)
[9]  La teoría  teorema de Graicuna (Vytautas Andrius Graiciunas: 1898-1952) consultor de gestión lituana francés, teórico de la gestión e ingeniero. En 1933, publicó un artículo titulado "Relación de la Organización." En este trabajo, se refirió a tres tipos de relaciones en una organización, a saber: 1) Las relaciones individuales directas con el superior que los debe controlar; 2) Las relaciones de grupo directas y 3) Las relaciones cruzadas.  A partir de la cantidad de 5 subordinados se inicia una combinación exponencial cada vez de mayor complejidad y por consiguiente de ineficacia e ineficiencia. Es una teoría o teorema referido al “span of control” (“Principio del tramo de control” o “Principio del ámbito de control”), que puede definir cual es el número más conveniente de elementos subordinados, que un administrador puede dirigir con eficiencia y eficacia., dado que dichas relaciones a partir de cierto número crece en forma exponencial, tornando ingobernable una Organización o Institución, como es el caso de contar con 19 Ministerios, dependientes del Jefe de Gabinete, además de sus 5 Secretarías dependientes
Es un tema complejo pero fundamental y gravitante en la Organización  que requiere de un artículo especial para su explicación, por persona idónea, dado que el autor solo puede dar la fórmula para calcularla. De explicación difícil que alargaría este aspecto importante pero secundario, en relación con el Título del trabajo.
http://gppgrupo3.blogspot.com.ar/2013/06/la-teoria-graicunas-de-alcance-de.html
[10]  https://es.slideshare.net/gerardodebo/definicin-etimolgica-de-administracin
[11] WEBSTER´S NEW WORLD DICTIONAY of the American Language – COLLEGE EDITION. THE WORLD PUBLISING COMPANY. Cleveland and New York.
[12] http://mapadelestado.modernizacion.gob.ar/organigramas/autoridadesapn.pdf
[13]  https://www.u-cursos.cl/ieb/2010/1/GEM01/291401/material_docente/bajar?id. (Pág. 2/6 - Adaptado por el autor)                                                                                                                     


















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